Bases (BOE 18/01/2024)
Tramitación telemática
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Entidades con domicilio fiscal ubicado en territorio español:
Línea 2: entidades con personalidad jurídica propia y constituidas legalmente en España, bajo cualquier forma jurídica.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Proyectos de desarrollo experimental:
Ambas líneas coordinadas con las prioridades temáticas de los siguientes sectores estratégicos: Comercio, Agroalimentario, Movilidad sostenible, Salud, Industria, Economía social y de los cuidados, Medioambiental y biodiversidad.
La ejecución de las actuaciones se podrá llevar a cabo desde el momento en el que se presente la solicitud de ayuda, hasta el 31 de diciembre de 2025.
AYUDAS
Subvención de hasta el 25% para empresas no Pyme y asociaciones empresariales, de hasta el 35% en medianas empresas, y de hasta el 45 % para pequeñas empresas. Posibilidad de bonificación de 15 puntos porcentuales, si los resultados del proyecto se difunden ampliamente.
La ayuda máxima para cada proyecto será de 5.000.000 euros, y la mínima de 300.000 euros.
Una misma entidad beneficiaria podrá optar a un máximo de 10.000.000 euros de ayudas en el global de la convocatoria si presenta más de una solicitud.