Préstamos bonificados IVF para inversiones

Ayudas Público 19/09/2025 2 448
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Plazo solicitudes desde el 19 de septiembre 2025 hasta agotar fondos

Publicado en el DOGV, ACUERDO de 30 de junio de 2025, del Consejo General, por el que se aprueba la convocatoria de la línea de financiación Préstamos bonificados IVF inversión 2025 y el Extracto.

Más información en la web de IVF 960 992 544

OBJETIVO

Desarrollo de proyectos empresariales desarrollados por pymes cuya finalidad sea la inversión en activos fijos.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

  • Ser pequeña o mediana empresa.

  • Tener al menos un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de la actividad en la Comunitat Valenciana.

  • Tener una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.

  • Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • No estar afectado por:

    • Incidencias con entidades financieras en CIRBE y/o registros de impagados.

    • Fondos propios negativos a fecha del último cierre contable.

    • Pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios.

REQUISITOS

  • Importe mínimo de 200.000 euros y máximo de 2.000.000 euros (el importe máximo se determinará atendiendo al volumen de facturación del solicitante).

  • Plazos: de 4 a 10 años (posibilidad de carencia de hasta 3 años).

  • Tipo de interés fijo del 2% (sobre el tipo de interés que correspondería aplicar en función de la calificación crediticia del solicitante se aplicará una bonificación de manera que el tipo a pagar será de un fijo del 2%).

  • Comisiones: No se aplicarán comisiones por apertura ni por cancelación anticipada.

GASTOS FINANCIABLES

  • Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos, siempre que, la compra y/o acondicionamiento de terrenos, no supere el 20% del valor nominal del préstamo.

  • Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.

  • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.

  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.

  • Mobiliario.

  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.

  • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.

  • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.