Texto de la convocatoria
Más información en VALMETAL 963719761 o en la web de IVF
REQUISITOS
Tener domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en la Comunitat Valenciana.
La pérdida esperada de la operación de financiación no podrá superar el 0,65 % del valor de la exposición crediticia. Para estimar la pérdida esperada de la operación, se evaluará la situación financiera a 1 de enero de 2021, atendiendo a las cuentas anuales cerradas del ejercicio 2020 o, en su defecto, a los estados financieros previsionales aportados por la empresa relativos a dicho ejercicio. Asimismo, se tendrán en cuenta las garantías aportadas. Este requisito no será de aplicación si la finalidad del préstamo es el aplazamiento de cuotas de capital e interés de préstamos otorgados por el IVF.
Si el solicitante de financiación es persona autónoma o una microempresa, deberá acreditar ante el IVF el otorgamiento por un tercero de un aval que constituya una garantía efectiva de cobro. A los efectos de esta convocatoria, se considerará garantía efectiva el aval otorgado por un banco o una Sociedad de Garantía Recíproca por, al menos, el 100 % del valor nominal y los intereses ordinarios del préstamo.
Activo total inferior o igual a 2.000.000 euros
Importe neto de la cifra de negocios inferior o igual a 2.000.000 euros
Número de trabajadores inferior o igual a 10
La entidad solicitante deberá de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.
Estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, anteriores a 31 de diciembre 2019.
CARACTERISTICAS DEL PRESTAMO
Valor nominal del préstamo se situará entre 15.000 euros y 5.000.000 euros, sin que en ningún caso pueda superar la suma del 80 % de los gastos elegibles derivados de la inversión en activos materiales, activos inmateriales y participaciones empresariales, y el 100 % de los gastos elegibles que resulten de la contratación de mano de obra, servicios propios del ciclo de la explotación y gastos inherentes a la consecución de la financiación, así como de la adquisición de elementos incluidos en el capital circulante de la empresa.
Valor nominal del préstamo no podrá ser superior a 750.000 euros si el solicitante es un autónomo o una microempres y de 2.500.000 euros si el solicitante es una pequeña y mediana empresa.
El préstamo podrá ser inferior a 15.000 euros si el mismo tiene por objeto el aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos concedidos previamente por el IVF.
GASTOS
Los proyectos empresariales que podrán acogerse a la financiación bonificada objeto de esta Convocatoria tendrán por finalidad las siguientes actuaciones:
Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos, incluyendo las incluidas en el Plan Estratégico de la Industria Valenciana impulsado por la Conselleria de Economía, ; la adecuación de espacios de trabajo con criterios de sostenibilidad e inclusión social, en el marco del programa ASTREA impulsado por la Conselleria de Vivienda de la Generalitat Valenciana; así como los procesos de digitalización de las pequeñas y medianas empresas al amparo de la bonificación de capital e intereses financiada por el programa TRANSFORMER de la Conselleria de Innovación de la Generalitat Valenciana.
Contratación de mano de obra y servicios ligados al ciclo de la explotación, así como la adquisición de elementos patrimoniales de capital circulante, como las mercaderías, y las materias primas, incluyendo aquellas que en virtud de lo establecido en esta convocatoria dan lugar a un tramo no reembolsable de hasta el 30 % si la empresa opera en los sectores del ocio, la hostelería, la restauración y otras actividades conexas.
Aplazamiento de cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF con vencimiento desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2021.
El importe bonificable de cada proyecto de inversión presentado se determinará a partir del importe total de los costes que tengan la consideración de gastos financiables elegibles según determina esta
convocatoria. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos financiables elegibles podrá ser superior al valor de mercado.
Son gastos financiables elegibles aquellos:
Que consistan en la adquisición y reparación de activos materiales e inmateriales, la compra de elementos de capital circulante y la contratación de servicios que contribuyan al sostenimiento del ciclo de la explotación. Asimismo, serán financiables las cuotas de capital e intereses de operaciones otorgadas por el IVF.
Que se hayan realizado con posterioridad a 1 de abril de 2020.
Cuyo importe sea superior a 250 euros. IVF admitirá la acumulación de gastos recurrentes de la explotación, siempre que respondan a un mismo concepto y hayan sido contratados con un mismo proveedor con posterioridad a 1 de abril de 2020.
Adquisición y acondicionamiento de terrenos para su utilización en la producción de los bienes y servicios que constituyen la actividad principal de la empresa.
Adquisición y construcción de naves industriales, e instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
Mobiliario.
Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación hasta un máximo de 15.000 euros. La adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera no se considerará en ningún caso como gasto financiable elegible.
Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso
a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
Servicios externos necesarios para la implantación de soluciones vinculadas a las inversiones realizadas.
Costes de consumibles, materias primas, materiales y otros aprovisionamientos, así como otros suministros necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa.
Gastos de personal (coste salarial bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa).
Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales (asesoramiento, auditorías, seguros, mantenimientos y reparaciones, gastos de gestión, costes de transferencia de conocimientos y comunicación, costes de homologación, etc.), que se deriven directamente de la actividad de la empresa.
Gastos derivados del alquiler de locales comerciales o centros de producción
Serán elegibles las cuotas de capital e intereses de préstamos otorgados por el IVF, que hayan vencido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2021
No se considerarán gastos financiables elegibles ni los impuestos